A- de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Claudia Maria Garro Moreno Vs Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Competencia de Juzgado Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento de Medellín y el Juzgado Promiscuo de Familia de Turbo, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y de analizar el caso en concreto, la Corte decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Séptimo Penal para Adolescentes con Función de Conocimiento de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado
- Septimo. Penal para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Medellin, el 28 de agosto de 2013, dentro de la accion de tutela promovida por la senora Claudia Maria Garro Moreno contra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Septimo. Penal para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Medellin, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por la accionante, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo de Familia de Turbo, la decision adoptada en la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.